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Es un documento con firma escaneada del Subgerente Control y Cumplimiento, quien acredita que usted se encuentra al día en el pago de tributos correspondientes a la Municipalidad de San Isidro. Este documento es generalmente requerido por notarios o registros públicos para los actos de transferencia.
Por ejemplo, si usted transfiere o vende un predio con fecha 11 de marzo de 2018, su responsabilidad alcanza al pago del Impuesto Predial total del 2018 (recuerde que el Impuesto Predial es un tributo de liquidación anual) y arbitrios hasta el mes de marzo 2018. La Constancia de No Adeudos sólo se emitirá si se hubiere cancelado la totalidad del Impuesto Predial 2018 y los arbitrios hasta el mes de marzo.
Su información está protegida con un derecho constitucional de reserva tributaria, por tanto, el trámite es personal (En caso de representante deberá presentar carta poder con firma legalizada). La constancia será expedida automáticamente y el costo es de S/ 6.30 soles.
Condiciones | Documentos |
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No existe constancia de no adeudo por tributo (Impuesto predial o Arbitrios Municipales).
No existe constancia de no adeudo por predio (en el supuesto de que tenga dos o más predios). La constancia de no adeudo sólo se emitirá en el caso que haya pagado todo el Impuesto predial hasta el ejercicio presente y los Arbitrios Municipales por el predio requerido hasta el mes que lo solicita. |
Exhibir el documento de identidad del titular y/o representante.
En caso de actuar como representante deberá acreditar su representación mediante poder por documento público o con firma legalizada o por fedatario designado por la Municipalidad. Para el caso de Persona Jurídica, adicionalmente se deberá acreditar a través de la ficha RUC o mediante la documentación correspondiente, el documento que lo acredita como representante del contribuyente. Pago del derecho de tramites de S/ 6.30 |